DOMICILIO FISCAL

15.08.2009 00:00

Será el lugar donde esté situada la dirección o administración principal y efectiva, entendiéndose por éste, el lugar donde se ejerce la administración superior ejecutiva o gerencial. De existir más de una unidad de explotación se considerará que se ejerce en la sede de la explotación principal.

Fuente: Art. 3 Ley 11.683 y Art. 3 RG 2109/06

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